Reservado el derecho de admisión

Es 30 de julio, cuando pasen 154 días habrá terminado el año. La Ley 26/370, de mayo de 2008, establece que "la persona titular del establecimiento y/o evento se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia". Es lo que se conoce como reservado el derecho de admisión. Pues bien, en virtud del artículo cuarto de dicha ley, haciendo extensivo este derecho, más allá de establecimientos y eventos, a todos los ámbitos de la vida, y reconociendo que determinadas actitudes son objetivamente perjudiciales para el bienestar individual y colectivo, queda terminantemente prohibida la entrada a cantamañanas, fanfarrones, fantoches, tramposas, farsantes, trapicheos, egocéntricas, histéricos, caprichosos, camorristas, arrogantes, catastrofistas, mentirosas, fulleros, impostoras, embaucadores, fantasmas, petulantes, victimistas, oportunistas...Dura lex, sed lex, que decían los romanos, la ley es dura, pero es ley, que decimos las no romanas.

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